ORORBIA ANGEL JULIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó la recomposición de la movilidad de su haber previsional y la ANSeS cuestionó la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 y la tasa de interés aplicada. La Corte declaró procedente el recurso del actor y parcialmente procedente el de la ANSeS, confirmó la sentencia en lo resuelto en los precedentes Flagello y Spitale y la revocó parcialmente conforme a De Majo.
¿Quién es el actor?
Ángel Julio Ororbia.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional, con planteos sobre la movilidad de la prestación, la validez del art. 21 de la ley 24.463, el art. 16 de la misma ley y la tasa pasiva de interés.
¿Qué se resolvió?
declarar procedente el recurso ordinario del actor; parcialmente procedente el de la ANSeS; confirmar la sentencia apelada según lo resuelto en "Flagello" y "Spitale"; y revocarla parcialmente con el alcance que surge de "De Majo".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los planteos del actor referentes a la movilidad de la prestación remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las analizadas por el Tribunal en el precedente 'De Majo' (Fallos: 331:2353), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad."
"La tacha de invalidez formulada por el demandante respecto del art. 21 de la ley 24.463, ha sido resuelta por esta Corte en contra de sus pretensiones en el precedente 'Flagello' (Fallos: 331:1873, votos concurrentes y disidencias), cuyas consideraciones se dan por reproducidas."
"Las objeciones de ambas partes, relacionadas con el art. 16 de la ley 24.463, han devenido abstractas pues el artículo citado ha sido derogado por la ley 26.153."
"Los agravios del organismo previsional relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir."
Los restantes cuestionamientos de la demandada, vinculados con las leyes 22.955 y 24.019 y con la extensión temporal de la pauta de movilidad de la primera norma citada, no guardan relación con el tema en debate ni con la ley aplicable, lo que obsta su tratamiento.
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 16 · Solidaridad previsional
- Ley 22.955Seguridad social
- Ley 24.019Jubilaciones
Fallos que cita
- FlagelloCSJN · Fallos 331:1873
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- De MajoCSJN · Fallos 331:2353
- ChocobarCSJN
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