JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FONTAN BALESTRA GUSTAVO RODOLFO Y OTROS c/ PEN LEY 25561 DTO 1570 DTO 214 s/AMPARO

La Corte Suprema declaró inoficioso pronunciarse sobre el recurso extraordinario del Banco Patagonia, que quedó abstracto por el acuerdo con la actora. Respecto de los depósitos bancarios cuestionados, revocó la sentencia apelada por aplicación del precedente Massa, excluyendo los fondos que ya habían sido desafectados para la compra de una cochera.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 1574. XLI. REX
Pesificacion Depositos bancarios Amparo Decreto 214/02 Ley 25.561 Precedente massa Desafectacion de depositos Recurso extraordinario abstracto Corralito Poder ejecutivo nacional

¿Quién es el actor?

Gustavo Rodolfo Fontán Balestra y otros.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional, en el marco de la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02 (pesificación de depósitos bancarios).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo por la restitución de depósitos bancarios en dólares, en las entidades bancarias intervinientes.

¿Qué se resolvió?

Se declaró abstracto el recurso extraordinario del Banco Patagonia por el acuerdo celebrado con la actora. Respecto de los depósitos en otras entidades, se revocó la sentencia apelada con el alcance indicado en el fallo, y se ordenó al tribunal a quo dictar un nuevo pronunciamiento conforme lo decidido. Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En relación a los depósitos efectuados en otras entidades bancarias y que no fueron desafectados, las cuestiones planteadas por las partes son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913) a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente por razones de brevedad."

"En innumerables remisiones efectuadas al referido precedente 'Massa' se dejó expresamente establecida la exclusión de los supuestos 'en que la obligación emergente de los contratos de depósito se hubiera extinguido a raíz de su canje por bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente, tales como la cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles'" (causa "Bire", sentencia del 26/6/2007).

"...no resulta admisible la pretensión de la actora respecto de los depósitos desafectados a tales fines, como los impuestos en el Citibank N.A., en tanto se los desafectó en los términos de la comunicación A 3481 del Banco Central de la República Argentina para la compra de una cochera."

El juez Fayt se remitió asimismo a las consideraciones expuestas en la causa "Piriz" (Fallos: 330:331).

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · Fallos 330:331
  • Bire, Walter Emilio Osvaldo y otra c/ Poder Ejecutivo Nacional y otrosCSJN · 26/06/2007

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