JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RODRIGUEZ JOSE FAUSTINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El jubilado José Faustino Rodríguez reclamó a la ANSeS la recomposición de su haber previsional al amparo de la ley 22.955. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS, confirmó la tasa de interés conforme al precedente Spitale y revocó la sentencia en cuanto a la pauta de movilidad, según el precedente Brochetta.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1370. XL. ROR
Movilidad previsional Ley 22.955 Recomposicion del haber Anses Tasa pasiva de interes Precedente brochetta Precedente spitale Recurso ordinario Seguridad social Haber jubilatorio

¿Quién es el actor?

José Faustino Rodríguez.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, con recomposición de la prestación al amparo de la ley 22.955.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS; se confirmó la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés, en concordancia con "Spitale"; se la revocó en cuanto a la extensión temporal de la pauta de movilidad, con el alcance fijado en "Brochetta", dejando a salvo los reclamos de la accionante sobre la movilidad posterior a marzo de 1995.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados por la ANSeS acerca de la extensión temporal de la pauta de movilidad dispuesta por los jueces de la causa remiten a cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en el precedente 'Brochetta' (Fallos: 328:3975), cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

"Los jueces Zaffaroni y Argibay se remiten a sus respectivas disidencias en la causa mencionada."

"Los planteos dirigidos a objetar la tasa pasiva de interés, encuentran adecuada respuesta en el antecedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • BrochettaCSJN · Fallos 328:3975
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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