MESEGUER ORESTE Y OTRO c/ PEN LEY 25561 DTOS 1570/01 214/02 s/AMPARO
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto la sentencia apelada en una acción de amparo promovida contra el Estado Nacional por la conversión a pesos de depósitos bancarios en dólares dispuesta por la ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. El Tribunal reconoció el derecho de la actora a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual, con deducción de los pagos ya efectuados.
¿Quién es el actor?
Oreste Meseguer y otro.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional (Estado Nacional), con intervención de entidades bancarias (Banco de la Nación Argentina, Banco Central de la República Argentina, Banco Comafi S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de restitución de depósitos en dólares estadounidenses convertidos a pesos en virtud de la ley 25.561 y de los decretos 1570/01 y 214/02, en el marco de una acción de amparo.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto la sentencia apelada. Declaró el derecho de la actora a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido en pesos a la relación de $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el momento del pago, más intereses al 4% anual no capitalizable. Se deducen como pagos a cuenta las sumas abonadas por la entidad durante el pleito y las entregadas en cumplimiento de medidas cautelares. Se excluyen los supuestos en que la obligación se hubiese extinguido por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos previstos normativamente. Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantuvieron.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte remitió, por razones de brevedad, a los fundamentos de las causas "Massa" (Fallos: 329:5913), dado que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas. El juez Fayt se remitió asimismo a sus consideraciones en la causa "Piriz" (Fallos: 330:331). Respecto del recurso del Banco Comafi S.A., los agravios fundados en la limitación de su responsabilidad por los depósitos originariamente constituidos en el Scotiabank Quilmes resultaron inatendibles, conforme lo señalado en "Ricci, Herminia Alicia Silverio y otro c/ P.E.N." (sentencia del 11 de septiembre de 2007). En cuanto al cálculo, se remitió a lo establecido en "Kujarchuk" (Fallos: 330:3680) sobre la imputación de pagos a cuenta.
La sentencia dice textualmente: "Por ello, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se deja sin efecto la sentencia apelada; sin perjuicio de lo cual, en virtud de los fundamentos de la presente, se declara el derecho de la actora a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido en pesos a la relación de $ 1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por el CER hasta el momento de su pago, más la aplicación sobre el monto así obtenido de intereses a la tasa del 4% anual no capitalizable."
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
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