JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CARBAJO EVERARDO HERMAN Y OTROS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el recálculo de su haber previsional y su movilidad a partir de 1991, y la ANSeS recurrió el pronunciamiento de la Cámara Federal de la Seguridad Social. La Corte Suprema declaró desierto el recurso del organismo, admitió parcialmente el del actor y revocó la sentencia en materia de movilidad conforme a los precedentes Sánchez y Badaro, manteniendo la tasa de interés y las costas según Spitale y Flagello.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1050. XLI. ROR
Movilidad previsional Haber previsional Ley 24.463 Ley 26.153 Caso badaro Caso sanchez Tasa pasiva de interes Haberes maximos Recurso ordinario Desercion de recurso.

¿Quién es el actor?

Everardo Hermán Carbajo y otros.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios del haber previsional: recálculo del haber inicial, movilidad a partir del 11 de abril de 1991, cuestionamientos sobre los arts. 49 y 53 de la ley 18.037, sistema de haberes máximos, quita porcentual, tasa pasiva de interés y constitucionalidad de los arts. 21, 22 y 23 de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierto el recurso ordinario de la ANSeS por falta de presentación del memorial. Se hizo lugar parcialmente al recurso del actor: se revocó la sentencia apelada en materia de movilidad con el alcance del precedente "Sánchez"; se confirmó en cuanto a la tasa de interés y las costas según "Spitale" y "Flagello"; se modificó el plazo de cumplimiento conforme al art. 21 de la ley 26.153, y se dispuso que la movilidad del período indicado en "Badaro" se practique según el índice allí fijado, salvo que los aumentos por decretos del Poder Ejecutivo en igual período resulten superiores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "las objeciones del titular vinculadas con la movilidad del haber previsional a partir del 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones por el período comprendido entre el 11 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006."

Considerando 3°: "no se ha demostrado el gravamen producido por los arts. 49 y 53 de la ley 18.037 cuya inconstitucionalidad plantea el jubilado, lo que deja sin fundamento a la tacha mencionada... Tampoco se ha probado la incidencia del sistema de haberes máximos, por lo que su cuestionamiento resulta prematuro (conf. causa 'Panizza', Fallos: 326:216)."

Considerando 5°: los agravios sobre una supuesta quita porcentual se desestiman "ya que la sentencia apelada no contiene previsión alguna al respecto, por lo que concuerda con la doctrina fijada por esta Corte en el antecedente 'Pellegrini' (Fallos: 329:5525)."

Considerando 6°: las cuestiones sobre tasa pasiva y art. 21 de la ley 24.463 "han sido tratadas por esta Corte en las causas 'Spitale' (Fallos: 327:3721) y 'Flagello' (Fallos: 331:1873, votos concurrentes y disidencias), a cuyos términos corresponde remitirse."

Considerando 7°: "resulta abstracto el tratamiento de los planteos que se refieren a los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, pues el art. 23 mencionado ha quedado derogado según lo dispuesto por la ley 26.153 y el cumplimiento de esta sentencia... deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21, ley 26.153)."

Considerando 8°: pese a la notificación del art. 280, segundo párrafo, del CPCCN, el organismo "no presentó el memorial exigido por dicha norma, por lo que corresponde declarar la deserción del remedio intentado."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • FlagelloCSJN · Fallos 331:1873
  • PanizzaCSJN · Fallos 326:216
  • PellegriniCSJN · Fallos 329:5525

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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