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Corte Suprema

GIUNTA DANIEL CARMELO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL PEN BCRA BANKBOSTON NA s/ACCION AMPARO MED. CAUTELAR HOY: ACCION MERAMENTE DECLARATIVA SUAMRISIMO HOY AMPARO

La Corte Suprema admitió formalmente los recursos extraordinarios y revocó parcialmente la sentencia de la Cámara Federal de Bahía Blanca en la acción de amparo por la desafectación de depósitos bancarios. El tribunal aplicó por remisión la doctrina de los precedentes Rodríguez, Ramona y Velo de Ipola, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 739. XLV. REX
Amparo Desafectacion de depositos bancarios Corralito Restriccion al retiro de fondos Rodriguez Ramona Velo de ipola Ramos Recurso extraordinario Revocacion parcial Banco central.

¿Quién es el actor?

Daniel Carmelo Giunta y otra.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, P.E.N., B.C.R.A. y Bankboston N.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de amparo contra la desafectación de depósitos bancarios (restricción al retiro de fondos).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios, revocó parcialmente la sentencia apelada y devolvió la causa al tribunal a quo para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre los depósitos desafectados por los demandantes, con excepción de los supuestos examinados en el considerando anterior, "resulta aplicable la doctrina establecida en la causa 'Rodríguez, Ramona' (Fallos: 331:901)", a cuyos fundamentos se remiten los jueces Petracchi, Zaffaroni y Argibay. Fayt y Lorenzetti se remiten a sus votos en dicha causa; Highton de Nolasco, a los fundamentos de "Cabrera" (Fallos: 327:2905).

Sobre las desafectaciones para fines específicos (cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles, automóviles o canje por bonos del Estado), los jueces Zaffaroni, Argibay y Highton de Nolasco aplican la doctrina de "Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo" (V.247.XLIII, sentencia del 25/8/2009); Petracchi se remite al precedente "Ramos" (Fallos 331:2316, considerandos 5 y 6), que siguió un criterio análogo.

Nota: el fallo no transcribe fundamentos propios; la solución se apoya íntegramente en remisiones a precedentes.

Fallos que cita

  • Rodríguez, RamonaCSJN · 26/08/2008 · Fallos 331:901
  • Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009
  • CabreraCSJN · Fallos 327:2905
  • RamosCSJN · Fallos 331:2316

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