JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MINVIELLE ALICIA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema hizo lugar a los recursos de hecho y extraordinarios interpuestos por el Citibank y por el Estado Nacional, dejando sin efecto la sentencia apelada. Reconoció al actor el derecho a obtener el reintegro de su depósito en dólares convertido a pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER e intereses del 4% anual, conforme el precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 2201. XL. RHE
Pesificacion Deposito en dolares Corralito bancario Reintegro de deposito Cer Intereses 4% anual Citibank Recurso extraordinario Precedente massa Emergencia economica.

¿Quién es el actor?

Alicia Minvielle.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y Citibank N.A. Sucursal Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósito bancario en dólares, reconvertido a pesos por la pesificación dispuesta en la normativa de emergencia económica.

¿Qué se resolvió?

se dejó sin efecto la sentencia apelada y se declaró el derecho del actor al reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, descontando los pagos a cuenta y las sumas entregadas por cautelares. Costas de esta instancia en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."

"El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones expuestas al votar en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331)."

"En virtud de los fundamentos del precedente 'Massa', se declara el derecho del actor a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito efectuado en dólares..."

"En lo atinente a las costas irrogadas en las anteriores instancias, en virtud de la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, se mantiene lo dispuesto sobre el punto por el tribunal a quo."

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

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