LAGORIO PEDRO EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió reajuste de su haber jubilatorio por el período comprendido entre abril de 1995 y fines de 2006, con fundamento en la doctrina del precedente Badaro. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y dispuso que la movilidad se practique conforme al índice fijado en Badaro, descontando lo percibido por los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo cuando estos arrojen una prestación inferior.
¿Quién es el actor?
Pedro Eduardo Lagorio.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales por el período comprendido entre abril de 1995 y fines de 2006.
¿Qué se resolvió?
Se declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el actor. Se dispuso que la movilidad por el lapso indicado se practique de conformidad con el índice fijado en el precedente "Badaro", salvo que los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo durante el mismo período arrojen una prestación superior, en cuyo caso deberá estarse a ese resultado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
> "Que los agravios del titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."
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Fallos que cita
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · Fallos 329:3089
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · Fallos 330:4866
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