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Corte Suprema

TADDEI RICARDO s/S/SECUESTRO EXTORSIVO

El Procurador General opinó que el recurso extraordinario deducido contra la resolución que rechazó la excepción de prescripción de la acción penal en la causa de Ricardo Taddei por secuestro extorsivo resulta formalmente inadmisible. Recomendó a la Corte Suprema rechazarlo y confirmar la resolución recurrida, por no tratarse de sentencia definitiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 3. XLV. REX
Prescripcion de la accion penal Secuestro extorsivo Lesa humanidad Imprescriptibilidad Recurso extraordinario Sentencia definitiva Admisibilidad Art. 14 ley 48 Fallos 328:4423 (videla) Estado de derecho.

Actor (parte querellante o acusadora): No surge identificada de manera expresa en el dictamen; la causa se sigue contra Ricardo Taddei por el delito de secuestro extorsivo.

Demandado (imputado): Ricardo Taddei, representado por su defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La defensa del imputado planteó la excepción de prescripción de la acción penal.

¿Qué se resolvió?

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó la resolución que no hizo lugar a la excepción de prescripción (fs. 74/83 vta.). La defensa interpuso recurso extraordinario federal (fs. 91/107 vta.), concedido a fs. 115 y vta. El Procurador opina que debe rechazarse.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo expuesto, opino que V.E. puede rechazar el recurso extraordinario deducido y confirmar la resolución recurrida en todo cuanto fuera materia de agravio."

Sobre la inadmisibilidad: "El recurso federal interpuesto, en mi opinión, resulta formalmente inadmisible, en cuanto no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)."

"V.E. ha establecido que las decisiones que rechazan la defensa de prescripción no ponen término al pleito ni impiden su continuación (Fallos: 236:392; 279:16; 314:545; 315:2049; 322:2920, entre otros); principio que, reafirmado en 'Videla' (Fallos: 328:4423), no debe soslayarse 'aunque se invoque lesión a garantías constitucionales o la tacha de arbitrariedad', tal como en el sub examine."

Los agravios de la defensa, que el Procurador reseña sin compartir como base de admisibilidad: (i) la ley 24.584 exigiría una ley de adecuación para aplicar la imprescriptibilidad de crímenes de lesa humanidad; (ii) el hecho no reuniría el elemento típico "en ejecución de una acción gubernamental"; (iii) la alegada violación del principio de igualdad (art. 16 CN) frente a otros coimputados condenados por el art. 170 del Código Penal.

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Ley 24.584Convenciones
  • CParts. 62, 170
  • Constitución Nacionalart. 16

Fallos que cita

  • VidelaCSJN · Fallos 328:4423
  • Fallos 236:392CSJN
  • Fallos 279:16CSJN
  • Fallos 314:545CSJN
  • Fallos 315:2049CSJN
  • Fallos 322:2920CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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