D'ACOSTA GELEN CRISTINA Y OTROS c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986
La Corte Suprema modificó la sentencia que había rechazado el amparo de ahorristas contra el corralito y ordenó recalcular los depósitos bancarios conforme a sus precedentes. El Tribunal aplicó la doctrina de Velo de Ipola, Perazzo de Ibarra y Massa para resolver la desafectación de fondos, distinguiendo según la finalidad del retiro y el monto involucrado.
¿Quién es el actor?
Cristina Acosta Gelen y otros ahorristas.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional (PEN).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de los depósitos bancarios retenidos o inmovilizados en virtud de la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios (1570/01 y 214/02).
¿Qué se resolvió?
se modificó la sentencia apelada y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo decidido. Las costas se impusieron por su orden por la complejidad de las cuestiones planteadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay consideran que resulta aplicable la doctrina establecida en el precedente V.247.XLIII. 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, a cuyos fundamentos se remiten por razones de brevedad." (respecto de las desafectaciones para la compra de un inmueble)
"Con relación a las desafectaciones efectuadas con anterioridad a la demanda hasta la suma de U$S 5.000, los jueces Lorenzetti, Fayt, Zaffaroni y Argibay juzgan aplicable la doctrina de la causa 'Perazzo de Ibarra Beatriz Virginia y otro c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo' (P.421.XLII y P.1148.XLII), sentencia del 4 de agosto de 2009, en razón de lo exiguo del monto."
"Con relación a los depósitos que no han sido desafectados por los actores, los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay estiman que resulta aplicable el criterio establecido por el Tribunal, en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913)... El juez Fayt comparte tal criterio, y se remite asimismo a las consideraciones expuestas en su voto en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331)."
Nota: el fallo no transcribe los fundamentos de los precedentes citados, sino que se remite a ellos.
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 16.986Amparo
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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