PASCUTTO ATILIO NELSON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario del jubilado y ordenó practicar la movilidad de su haber entre abril de 1995 y fines de 2006 conforme al índice fijado en el precedente Badaro, descontando lo percibido por aumentos decretados por el Poder Ejecutivo en ese período. Desestimó el recurso de la ANSeS por inadmisible en lo restante.
¿Quién es el actor?
Atilio Nelson Pascutto.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes del haber previsional (movilidad) desde abril de 1995 hasta fines de 2006.
¿Qué se resolvió?
se declara procedente el recurso extraordinario del actor, se desestima el de la demandada y se ordena que la movilidad se practique según el índice fijado en "Badaro", salvo que los aumentos por decretos del Poder Ejecutivo en igual período arrojen una prestación superior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"los agravios del titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad".
"sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado, solución que vuelve inoficioso el tratamiento de las impugnaciones de la demandada sobre el punto".
"los restantes planteos de la ANSeS, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)".
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Normas que cita
Fallos que cita
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · Fallos 329:3089
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · Fallos 330:4866
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