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Corte Suprema

DACHEQUI EDUARDO Y OTRA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a las quejas y a los recursos extraordinarios interpuestos por depositantes contra el corralito bancario, y dejó sin efecto la sentencia apelada. Reconoció el derecho de la actora a obtener el reintegro de sus depósitos en los términos fijados en el precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 189. XLII. RHE
Corralito bancario Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Restriccion de disponibilidad de depositos Amparo ley 16.986 Depositos bancarios Mutual Precedente massa Derecho de propiedad

¿Quién es el actor?

Eduardo Dachequi y otra (depositantes).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (PEN), en el marco de la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo (ley 16.986) tendiente a obtener la restitución de depósitos bancarios y de un depósito constituido en una entidad mutual (Sociedad Militar Seguro de Vida), indisponibles por las medidas de restricción de la disponibilidad de fondos.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto la sentencia apelada y declaró el derecho de la actora al reintegro de sus depósitos en las mismas condiciones del precedente "Massa".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite, en razón de brevedad, a sus precedentes. Respecto de los depósitos bancarios, los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay consideran aplicable el criterio de "Massa" (Fallos: 329:5913), al que se remite el juez Fayt, quien además invoca las consideraciones de "Piriz" (Fallos: 330:331). Respecto del depósito en la entidad mutual, los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Fayt y Zaffaroni aplican el criterio de "Della Ghelfa" (Fallos: 330:2074), por lo que resulta también aplicable el criterio de "Massa". La jueza Argibay se remite a su disidencia en "Della Ghelfa" (disidencia parcial en cuanto al fundamento, pero con adhesión a la solución de "Massa" en este caso por mayoría). Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen.

Normas que cita

Fallos que cita

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