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Corte Suprema

RECKITT BENCKISER ARGENTINA S.A. c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema asumió la competencia originaria para una acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por una empresa de cosméticos contra la Provincia de Buenos Aires por el decreto 321/87. Además, ordenó no innovar y prohibió a la Provincia aplicar dicho decreto a los productos inscriptos en la ANMAT.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 146. XLV. ORI
Competencia originaria Accion declarativa de inconstitucionalidad Decreto 321/87 Cosmeticos Anmat Prohibicion de innovar Mercosur Competencia federal Comercio interprovincial Provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

Reckitt Benckiser Argentina S.A., elaboradora, comercializadora y exportadora de productos cosméticos.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad del decreto provincial 321/87 y sus normas complementarias y modificatorias, por considerarlo contrario a resoluciones del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, disposiciones de la ANMAT y resoluciones del Grupo Mercado Común del Mercosur. Se alega invasión de competencias federales.

¿Qué se resolvió?

la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte (art. 117 CN); se corre traslado de la demanda por el procedimiento del juicio ordinario por sesenta días; y se decreta la prohibición de innovar, ordenando a la Provincia abstenerse de aplicar el decreto 321/87 a los productos cosméticos de la actora inscriptos y autorizados por la ANMAT.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"a fs. 131, la presente demanda corresponde a la competencia originaria de esta Corte prevista en el artículo 117 de la Constitución Nacional", con remisión a los precedentes "Colgate Palmolive Argentina S.A. y otros c/ Buenos Aires, Provincia de" (Fallos: 326:3351), "Reckitt Benckiser Argentina S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de" (Fallos: 328:3496), "Unilever de Argentina S.A. y otros" (sentencia del 8 de septiembre de 2003) y "JohnsonDiversey de Argentina S.A." (sentencia de la fecha).

"en el presente caso se encuentran suficientemente acreditadas la verosimilitud del derecho y la configuración de los demás presupuestos establecidos en el inc. 2° del artículo 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para acceder a la medida pedida".

La medida cautelar se fundó en que la actora solicitó "que se decrete una medida cautelar de no innovar a fin de que se suspenda la aplicación del decreto impugnado hasta tanto se dicte sentencia definitiva en estas actuaciones".

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 117
  • Decreto 321/87 (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución 155/98
  • Resolución 708/98
  • Resolución 709/98
  • Resolución 1108/99
  • Resolución 1112/99
  • Resolución 5572/05
  • Resolución 374/06
  • Resolución 2829/02
  • Ley 17.454

Fallos que cita

  • Colgate Palmolive Argentina S.A. y otros c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · Fallos 326:3351
  • Reckitt Benckiser Argentina S.A. c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · Fallos 328:3496
  • Unilever de Argentina S.A. y otros c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · 08/09/2003
  • JohnsonDiversey de Argentina S.A. c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · 09/03/2010

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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