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Corte Suprema

METZER EDITH MARGARITA c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

Un amparo promovido contra el Estado Nacional y otro por la desafectación de depósitos bancarios reclamaba la devolución de los fondos. La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y revocó parcialmente la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina de los precedentes Rodríguez, Ramona y Velo de Ipola.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 612. XLVI. REX
Amparo Depositos bancarios Desafectacion Recurso extraordinario Corralito Estado nacional Doctrina rodriguez Velo de ipola Fines especificos Camara federal de cordoba.

¿Quién es el actor?

Edith Margarita Metzer.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo por la desafectación de depósitos bancarios.

¿Qué se resolvió?

se revocó parcialmente la sentencia apelada y se ordenó al tribunal a quo dictar un nuevo pronunciamiento de acuerdo con lo decidido. Las costas se impusieron por su orden en atención a la complejidad de la cuestión y a las particularidades de la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto de los depósitos bancarios desafectados, "siempre que no se trate de los supuestos examinados en el considerando que sigue", los jueces Petracchi, Zaffaroni y Argibay consideraron aplicable la doctrina de "Rodríguez, Ramona" (Fallos: 331:901), a cuyos fundamentos se remitieron. El juez Fayt se remitió a su voto en dicha causa. La jueza Highton de Nolasco se remitió, en lo pertinente, a los fundamentos de "Cabrera" (Fallos: 327:2905).

Respecto de las desafectaciones realizadas para aplicar su importe a fines específicos previstos normativamente, los jueces Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay consideraron aplicable la doctrina establecida en "Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo" (V.247.XLIII), sentencia del 25 de agosto de 2009, a cuyos fundamentos se remitieron. El juez Petracchi se remitió a "Ramos" (Fallos: 331:2316, considerandos 5° y 6°), que estableció un criterio análogo.

Fallos que cita

  • Rodríguez, RamonaCSJN · Fallos 331:901
  • CabreraCSJN · Fallos 327:2905
  • Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009
  • RamosCSJN · Fallos 331:2316

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