WESTON MABEL CRISTINA c/ LA CABAÑA SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema admitió la queja y el recurso extraordinario de la aseguradora citada en garantía, y revocó la sentencia que había condenado a pagar sin considerar la franquicia. Declaró que la franquicia contractual es oponible al tercero damnificado, por lo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites del contrato.
Actor/Demandante: Mabel Cristina Weston.
¿A quién se demanda?
La Cabaña SA.
Citada en garantía: Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros (recurrente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
la mayoría declaró procedente la queja, admitió el recurso extraordinario y revocó la decisión apelada. Se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la mayoría remitió, por razones de brevedad, a lo resuelto en los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483), y en "Obarrio" y "Gauna" (sentencias del 4 de marzo de 2008), cuyas consideraciones dio por reproducidas, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Se hace constar que resultó inoficioso el dictamen del Procurador General, con el alcance indicado.
¿Cómo votaron los jueces?
la Dra. Carmen M. Argibay, en disidencia, consideró que la apelante no cumplió el recaudo previsto por el art. 7° inc. d del reglamento aprobado por acordada 4/2007, y en consecuencia rechazó la presentación directa y declaró perdido el depósito.
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Normas que cita
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
- Acordada 4/2007art. 7 inc. d
- 4/2007art. 7 inc. d
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