ALBORNOZ DANTE SERGIO DELFIN s/ROBO CUATRO HECHOS EN CONCURSO REAL -CAUSA N° 8877-
El Defensor Oficial de Sergio Delfín Albornoz interpuso recurso de queja por denegación del recurso extraordinario contra la condena por robo en concurso real dictada en La Rioja. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso y dejó sin efecto la sentencia por violación de la defensa en juicio, al haberse recibido manifestaciones del imputado sin informarle sus derechos y sin asistencia técnica.
Actor/Parte recurrente: Defensor Oficial de Dante Sergio Delfín Albornoz (defensa del imputado).
Demandado/Parte acusadora: Estado provincial (Ministerio Público/Fiscalía de La Rioja).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
condena penal por los delitos de robo (arts. 164 y 167, inc. 3º, del Código Penal), en concurso real, con pena de doce años de prisión, accesorias legales y costas.
¿Qué se resolvió?
la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando que por quien corresponda se dicte una nueva sentencia conforme a lo expuesto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 4º: "la íntima relación que existe en el caso con las garantías individuales invocadas, autorizan la intervención de este cuerpo (Fallos: 310:1797; 311:836 y 312:1042, entre otros) tanto más si se tiene en cuenta que, como acontece en el particular, su inobservancia llega a tal extremo que se ha comprometido la vigencia misma de la norma constitucional que reglamentan."
Considerando 5º: "el imputado, una vez que fue aprehendido realizó manifestaciones espontáneas —tal como lo refiere la autoridad de prevención— sin que se le hubiesen hecho saber los derechos que lo amparaban en tal calidad. En efecto, luego de su aprehensión, no se le hizo saber su derecho de poder contar con una asistencia técnica y, hallándose en tal situación de desamparo, se practicaron diligencias tanto de secuestro de parte de los efectos sustraídos como de dictado de rostro de quien habría sido su cómplice."
Considerando 6º: la deficiencia "fue debida y oportunamente señalada por la defensa de Albornoz en sus alegatos y, posteriormente, en las vías recursivas planteadas a partir de la sentencia condenatoria, sin que, respecto de esos extremos puntuales, se haya dado una respuesta adecuada en el marco de un regular ejercicio de la garantía constitucional de la defensa en juicio."
Considerando 7º: "esa situación no sólo se prolongó durante más de quince días sino que, además, el imputado fue llevado ante la presencia del juez luego de transcurridos seis meses de su detención."
Considerando 8º: "un conjunto de irregularidades que permiten afirmar una clara violación a las garantías constitucionales de la defensa en juicio y el debido proceso (art. 18 Constitución Nacional)."
¿Cómo votaron los jueces?
"esta Corte comparte el dictamen del señor Procurador Fiscal y se remite a sus fundamentos y conclusiones por razones de brevedad."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 18
- Constitución (La Rioja)arts. 22, 24, 29
Fallos que cita
- Fallos 310:1797CSJN
- Fallos 311:836CSJN
- Fallos 312:1042CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.