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Corte Suprema

DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHACO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTROS s/AMPARO COLECTIVO

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario del Estado Nacional y revocó la sentencia que había hecho lugar al amparo colectivo promovido por el Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco contra resoluciones tarifarias de autoridades nacionales. El Tribunal sostuvo la falta de legitimación del Defensor provincial para cuestionar judicialmente decisiones de carácter nacional en materia tarifaria, remitiendo a sus precedentes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FRE 004118/2016/CS001
Amparo colectivo Legitimacion activa Defensor del pueblo provincial Tarifas Servicios publicos Autoridades nacionales Recurso extraordinario Competencia federal Art. 16 ley 48 Revocacion de sentencia.

¿Quién es el actor?

Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo colectivo contra resoluciones adoptadas en materia tarifaria por autoridades nacionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda, por falta de legitimación activa del Defensor del Pueblo provincial para cuestionar judicialmente resoluciones tarifarias de carácter nacional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios del Estado Nacional, relativos a la falta de legitimación del señor Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco para cuestionar judicialmente resoluciones adoptadas en materia tarifaria por autoridades de carácter nacional, resultan procedentes a la luz de lo decidido por esta Corte en Fallos: 329:4542 y 340:745 y en las causas 'Defensor del Pueblo y otro' (Fallos: 341:1727), a cuyas consideraciones y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

No se registran votos en disidencia en el texto transcripto; la decisión se adopta por unanimidad de los firmantes.

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