TOBAR, JIMENA s/recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por la defensa de J. R. T. y declaró procedente el recurso extraordinario. Dejó sin efecto la sentencia de la Suprema Corte de Justicia bonaerense y ordenó dictar nuevo pronunciamiento conforme al precedente Padula.
Actor/Recurrente: J. R. T., asistida por el Dr. Mario Luis Coriolano, Defensor Oficial de Casación de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado/Parte contraria: Provincia de Buenos Aires (tribunales provinciales intervinientes).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido en causa penal juvenil (Juzgado de Garantías de Responsabilidad Juvenil n° 2 y Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca).
¿Qué se resolvió?
se admitió la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia impugnada y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que se dicte nuevo pronunciamiento con arreglo a lo resuelto en la causa "Padula" (Fallos: 320:2451).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la cuestión planteada en el sub lite resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta en la causa 'Padula' (Fallos: 320:2451), por lo que corresponde remitirse en razón de brevedad." La Corte no desarrolla argumentación propia adicional, remitiéndose al precedente citado.
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Fallos que cita
- PadulaCSJN · Fallos 320:2451
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