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Corte Suprema

Incidente Nº 1 - ACTOR: SALTA, PROVINCIA DE DEMANDADO: ESTADO NACIONAL s/INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR

La Corte Suprema declaró su competencia originaria para entender en la acción de la Provincia de Salta contra el Estado Nacional y rechazó in limine la demanda por falta de legitimación activa de la actora, sin hacer lugar a la medida cautelar solicitada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 1798/2019
Competencia originaria Legitimacion activa Accion declarativa de inconstitucionalidad Medida cautelar Decretos 561/2019 y 567/2019 Resoluciones afip 4546/2019 y 4547/2019 Coparticipacion federal Provincia de salta Estado nacional Rechazo in limine.

¿Quién es el actor?

Provincia de Salta, representada por Pamela C. Calletti en su carácter de Fiscal de Estado, con el patrocinio letrado de los Dres. Pablo Atea y Ana Carlina Geist.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (no presentado en autos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de inconstitucionalidad, con incidente de medida cautelar, respecto de los decretos 561/2019 y 567/2019 y de las resoluciones generales AFIP 4546/2019 y 4547/2019, con el objeto de que sus efectos fiscales sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional sin afectar la coparticipación provincial.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró su competencia originaria y declaró la falta de legitimación activa de la Provincia de Salta, rechazando in limine la demanda. No se hizo lugar a la medida cautelar. La decisión remite, por razones de brevedad, a lo resuelto en la causa CSJ 1829/2019/1 "Entre Ríos", dictada el mismo día, cuyos fundamentos se dan por reproducidos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la cuestión es de competencia originaria de la Corte (arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional) y resulta sustancialmente análoga a la examinada en la causa "Entre Ríos", a cuyos fundamentos se remite. Según el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, se resolvió la competencia originaria y la falta de legitimación activa. El juez Rosenkrantz, en disidencia, remitió a sus fundamentos en las causas CSJ 1796/2019/1 (Santiago del Estero) y CSJ 1829/2019/1 (Entre Ríos). Nota: el texto transcripto contiene una inconsistencia entre la parte resolutiva (que ordena hacer lugar a la medida cautelar) y la versión de la sentencia que declara la falta de legitimación y rechaza la demanda; se ha tomado como decisión la que concluye con el rechazo in limine, por ser la que consta en la sección de fallo del texto completo.

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