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Corte Suprema

LA RIOJA, PROVINCIA DE c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO

La Provincia de La Rioja promovió acción originaria contra el Estado Nacional por los efectos fiscales de los decretos 561/2019 y 567/2019 y de las resoluciones generales AFIP 4546/2019 y 4547/2019. La Corte Suprema declaró su competencia originaria e hizo lugar a la medida cautelar, ordenando que esos efectos sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional sin afectar la coparticipación provincial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 1805/2019
Competencia originaria Medida cautelar Coparticipacion federal Decretos 561/2019 y 567/2019 Resoluciones generales afip 4546/2019 y 4547/2019 Legitimacion activa Provincia de la rioja Estado nacional Rechazo in limine

¿Quién es el actor?

Provincia de La Rioja, representada por la Fiscal de Estado Dra. Analía Rosana Porras, con patrocinio del Dr. César Luis Alberto Garay.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, no presentado en autos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida cautelar vinculada a los efectos fiscales de la aplicación de los decretos 561/2019 y 567/2019 y de las resoluciones generales AFIP 4546/2019 y 4547/2019, en relación con la coparticipación federal de impuestos.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte declaró que la causa corresponde a su competencia originaria (arts. 116 y 117 CN) y hizo lugar a la medida cautelar, ordenando que los efectos fiscales sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional, sin afectar la coparticipación de la Provincia de La Rioja. El Dr. Rosenkrantz votó en disidencia parcial, declarando la falta de legitimación activa de la Provincia y rechazando in limine la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, la presente causa es de la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional)." "Que la cuestión planteada resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por el Tribunal, en el día de la fecha, en la causa CSJ 1829/2019/1 'Entre Ríos, Provincia de c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad', a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Por los fundamentos desarrollados en las causas CSJ 1796/2019/1 ... y CSJ 1829/2019/1 ... sentencias del día de la fecha (disidencias del juez Rosenkrantz), sustancialmente análogas a la presente, a las cuales cabe remitir en razón de brevedad con el propósito de evitar repeticiones innecesarias... II. Declarar la falta de legitimación activa de la Provincia de La Rioja y, en consecuencia, rechazar in limine la demanda."

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