PERALTA, JORGE MARTIN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario interpuesto por Provincia ART S.A. y revocó la sentencia en cuanto aplicó el adicional de pago único del art. 3° de la ley 26.773 a un accidente in itinere, remitiendo a los precedentes Páez Alfonzo y Cisneros. El Dr. Rosatti votó en disidencia por declarar mal concedido el recurso.
¿Quién es el actor?
Jorge Martín Peralta.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por accidente de trabajo en la modalidad de accidente in itinere, reclamada bajo la ley especial de riesgos del trabajo.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte declaró procedente el recurso extraordinario de la ART y revocó la sentencia en cuanto aplicó el adicional de pago único del art. 3° de la ley 26.773 a los casos de accidentes in itinere, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la mayoría sostuvo que los cuestionamientos de la apelante "encuentran adecuada respuesta en los pronunciamientos dictados por esta Corte en las causas 'Páez Alfonzo, Matilde y otro' (Fallos: 341:1268) y CNT 67468/2013/1/RH1 'Cisneros, Carlos Abel c/ Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.' ... a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
sostuvo que los agravios de la ART sobre el alcance e interpretación del art. 3 de la ley 26.773 son sustancialmente análogos a los resueltos en "Páez Alfonzo" (Fallos 341:1268), en cuyas consideraciones remitió, y por ello declaró mal concedido el recurso extraordinario, con costas.
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Normas que cita
- Ley 26.773art. 3 · Riesgos del trabajo
Fallos que cita
- Páez Alfonzo, Matilde y otroCSJN · Fallos 341:1268
- Cisneros, Carlos Abel c/ Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.CSJN · 04/12/2018
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