JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MOREIRA DESIDERIO ABELARDO c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos en diez causas de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad contra Prefectura Naval Argentina y otro organismo. Confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, remitiendo por razones de brevedad a los fundamentos del precedente Camejo (Fallos: 344:1388).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 010787/2016/CS001
Recurso extraordinario Personal militar y civil Fuerzas armadas Seguridad Prefectura naval argentina Confirmacion de sentencia Remision a precedente Camejo Admisibilidad formal Costas

¿Quién es el actor?

Desiderio Abelardo Moreira y otros actores de las causas acumuladas (personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad).

¿A quién se demanda?

Prefectura Naval Argentina y otro organismo (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, en la causa "Loeblein").

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad vinculados al régimen previsional/salarial aplicable, cuya materia no se detalla en el texto de la sentencia.

¿Qué se resolvió?

se declararon formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se confirmaron las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen del precedente "Camejo" (Fallos: 344:1388), con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en 'Camejo' (Fallos: 344:1388), a la que corresponde remitir por razones de brevedad."

"El juez Rosenkrantz remite a su voto en la causa mencionada."

"Por ello, se declaran formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se confirman las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen del precedente citado. Con costas."

No hay votos en disidencia: la decisión es unánime.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.