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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - BODNER, MARTA RAQUEL c/ BANCO ITAU ARGENTINA SA Y OTRO s/SUMARISIMO

La abogada, que actuó en causa propia, pidió la reposición de la intimación a efectuar el depósito previsto en el art. 286 del CPCCN en una queja vinculada a sus honorarios profesionales. La Corte Suprema desestimó el planteo y reiteró la intimación, por entender que la exención de la ley 23.898 es de interpretación restrictiva y no comprende a los profesionales por sus honorarios, ni se configura el supuesto del art. 54 de la ley 27.423.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 078116/2014/2/RH001
Deposito previo Art. 286 cpccn Queja Honorarios profesionales Ley 23.898 Tasa de justicia Exencion tributaria Interpretacion restrictiva Ley 27.423 Caracter alimentario

Actor/Recurrente: Dra. Victoria Andrea Espósito (en causa propia), en la queja.

¿A quién se demanda?

Banco Itaú Argentina S.A. y otro (en el proceso principal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de sus honorarios profesionales en el proceso sumarísimo Bodner, Marta Raquel c/ Banco Itaú Argentina S.A. y otro.

¿Qué se resolvió?

se desestimó el planteo de reposición contra la intimación al depósito del art. 286 CPCCN y se reiteró la intimación, bajo apercibimiento de desestimar la queja sin más trámite.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la obligación que impone el referido artículo de la normativa procesal solo cede respecto de las personas que están exentas de pagar sellado o tasa judicial, según las disposiciones de las leyes nacionales respectivas, esto es, de aquellos que se encuentran comprendidos en el art. 13 de la ley 23.898 y en las normas especiales que contemplan excepciones a tales tributos, inclusión que debe ser expresa e interpretada con criterio restrictivo".

"esta Corte ha establecido que dicha ley 23.898 no dispensa de la carga a los profesionales cuando se trata de una queja relativa a sus honorarios, a pesar de las connotaciones atribuibles a su trabajo (conf. Fallos: 314:1027...)".

"no se advierte en el caso estar en presencia del supuesto previsto en el art. 54 de la ley 27.423".

Normas que cita

  • Ley 23.898art. 13 · Tasas judiciales
  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423art. 54 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

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