JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SWIFT ARGENTINA S.A. (ANTES JBS ARGENTINA S.A.) c/ CORDOBA, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA

La Corte Suprema hizo lugar a la acción declarativa de Swift Argentina S.A. y declaró la inconstitucionalidad de la alícuota diferencial del impuesto sobre los ingresos brutos que Córdoba pretendía aplicarle por no tener establecimiento productivo en la provincia. El tribunal consideró que esa diferencia crea una aduana interior discriminatoria que altera la libre circulación del comercio entre provincias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 758/2017
Accion declarativa de certeza Impuesto sobre los ingresos brutos Alicuota diferencial Establecimiento productivo Aduana interior Libre circulacion de mercaderias Convenio multilateral Igualdad Comercio interprovincial Inconstitucionalidad.

¿Quién es el actor?

Swift Argentina S.A. (antes JBS Argentina S.A.), empresa dedicada a la matanza de ganado bovino y procesamiento de carne, con plantas en Buenos Aires y Santa Fe, que tributa bajo el Convenio Multilateral.

¿A quién se demanda?

Provincia de Córdoba.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de certeza (art. 322 CPCCN) para que cese el estado de incertidumbre frente a la pretensión de la Dirección General de Rentas de gravar, con una alícuota diferencial más alta del impuesto sobre los ingresos brutos, la actividad de la actora en los períodos 11/2016 a 1/2017, por no poseer establecimiento productivo en esa provincia. Se cuestionaron los artículos 22, inciso 2°, de la ley 10.324, 5º de la ley 9505 y 371 de la resolución normativa DGR 1/2011, y la resolución DJRGDA-R 0011/2017 (alícuota residual del 4,75%).

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la demanda y se declaró la inconstitucionalidad de los artículos 5º de la ley 9505, 371 de la resolución normativa DGR 1/2011 y 22 de la ley 10.324, así como de la pretensión fiscal plasmada en la resolución DJRGDA-R 0011/2017. Costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la procedencia: "se advierte que ha mediado una conducta estatal explícita de la demandada dirigida a la aplicación de las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos que la aquí actora cuestiona", lo que genera "un estado de incertidumbre sobre la existencia, alcance y modalidad de una relación jurídica, por lo que la controversia es actual y concreta".

Sobre el fondo: la aplicación de las leyes 9505 y 10.324, "al gravar a la actora la actividad ya referida con la alícuota 'residual' del 4,75%, obstaculiza el desenvolvimiento del comercio entre las provincias".

"queda en evidencia la discriminación que genera la legislación provincial en función del lugar de radicación del establecimiento productivo del contribuyente, en tanto lesiona el principio de igualdad (Constitución Nacional, artículo 16), y altera la corriente natural del comercio (Constitución Nacional, artículos 75, inciso 13, y 126), instaurando así una suerte de 'aduana interior' vedada por la Constitución Nacional (artículos 9° a 12), para perjudicar a los productos foráneos en beneficio de los manufacturados en su territorio".

El tribunal remitió, por brevedad, a los fundamentos de Fallos: 340:1480 y a la causa "Harriet y Donnelly S.A. c/ Chaco" (sentencia del 31/10/2017).

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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