JurisprudenciaARG
Corte Suprema

HOLCIM (ARGENTINA) S.A. c/ NEUQUEN, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA

Holcim (Argentina) S.A. promovió acción declarativa de certeza contra la Provincia del Neuquén por la aplicación de una alícuota diferencial más alta del impuesto sobre los ingresos brutos a sus actividades industriales, por no tener establecimiento productivo en esa provincia. La Corte Suprema hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad de los artículos 4° inc. d y 7° de la ley 2982, por configurar una discriminación en función del lugar de radicación del establecimiento que constituye una aduana interior vedada por la Constitución Nacional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 483/2018
Accion declarativa de certeza Impuesto sobre los ingresos brutos Alicuota diferencial Aduana interior Libre circulacion del comercio Igualdad Convenio multilateral Competencia originaria Inconstitucionalidad Establecimiento productivo

¿Quién es el actor?

Holcim (Argentina) S.A., empresa dedicada a la elaboración de cemento y hormigón, contribuyente del convenio multilateral con sede en la Provincia de Córdoba.

¿A quién se demanda?

Provincia del Neuquén.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad de los artículos 4° (inc. d) y 7° de la ley provincial 2982, y de la pretensión fiscal fundada en ellos, que reclamaba una diferencia de $429.436,33 en concepto de impuesto sobre los ingresos brutos por las actividades de "elaboración de cemento" y "fabricación de productos minerales no metálicos", por no poseer establecimiento productivo en la provincia.

¿Qué se resolvió?

hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de las normas citadas en cuanto atañen a la pretensión fiscal provincial plasmada en las intimaciones del expediente administrativo 7423-000418/2016, e impuso las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Competencia y vía: "esta demanda corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, según los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional", y la acción "constituye una vía idónea para motivar la intervención del Tribunal, pues no se trata de dar solución a una hipótesis abstracta sino que se propone precaver los efectos de la aplicación de la ley local 2982".

Existencia de controversia actual: "ha mediado una conducta estatal explícita de la demandada, dirigida a la aplicación de la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos que la aquí actora cuestiona", y "la actividad desplegada por la autoridad provincial demuestra que la controversia es actual y concreta".

Remisión a precedentes: la cuestión "presenta sustancial analogía con la ya examinada y resuelta por el Tribunal en Fallos: 340:1480 y en la causa CSJ 114/2014 (50-H)/CS1 'Harriet y Donnelly S.A. c/ Chaco, Provincia del s/ acción declarativa de certeza', sentencia del 31 de octubre de 2017", y se remite a sus fundamentos en aras de la brevedad.

Fundamento de la invalidez: la ley impositiva, "al gravar las actividades ya referidas de la actora con una alícuota más gravosa, obstaculizaba el desenvolvimiento del comercio entre las provincias".

Discriminación inconstitucional: "queda en evidencia la discriminación generada por la legislación provincial en función del lugar de radicación del establecimiento productivo del contribuyente, en tanto lesiona el principio de igualdad (Constitución Nacional, artículo 16), y altera la libre circulación de la corriente natural del comercio (Constitución Nacional, artículos 75, inciso 13, y 126), instaurando así una suerte de 'aduana interior' vedada por la Constitución Nacional (artículos 9° a 12), para perjudicar a los productos foráneos en beneficio de los manufacturados en su territorio".

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.