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Corte Suprema

ZAPATA, ADRIAN ISAAC Y OTRO s/ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA

La Corte Suprema hizo lugar a la queja de la defensa en una causa por robo agravado por el uso de arma y dejó sin efecto la sentencia condenatoria, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a los criterios de Casal. El Dr. Maqueda votó en disidencia por declarar inadmisible el recurso extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 001208/2019/RH001
Recurso de queja Robo agravado Uso de arma Recurso extraordinario federal Doctrina casal Revision amplia de la sentencia condenatoria Doble conforme Debido proceso Superior tribunal de justicia de rio negro Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Gerardo Vásquez (asistido por el Dr. Ariel Alice, Defensor General de la Provincia de Río Negro), quien interpuso el recurso de queja.

¿A quién se demanda?

Ministerio Público / Estado provincial en la causa penal seguida contra Adrián Isaac Zapata y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que había confirmado la condena por robo agravado por el uso de arma dictada por la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti.

¿Qué se resolvió?

La mayoría (Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti) hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, remitiendo los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo expuesto en "Casal" (Fallos: 328:3399).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resultan aplicables, en lo pertinente, las consideraciones vertidas en la causa 'Casal' (Fallos: 328:3399), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

"Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, resulta inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se desestima la presentación directa."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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