POZZI, ROXANA RAQUEL c/ EMPRESA DE TRANSPORTES MARIANO MORENO S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )
La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la aseguradora citada en garantía y revocó la sentencia de la Cámara Civil, reconociendo que la franquicia del contrato de seguro del transporte público de pasajeros es oponible a los terceros damnificados. En consecuencia, la condena no podrá ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.
¿Quién es el actor?
Roxana Raquel Pozzi.
¿A quién se demanda?
Empresa de Transportes Mariano Moreno S.A. y otros; Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros (citada en garantía).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito sin lesiones.
¿Qué se resolvió?
la mayoría declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible a los terceros damnificados, de modo que la sentencia no puede ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Costas por el orden causado en el recurso, con costas a la vencida conforme lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el tribunal sostuvo que los agravios remiten a cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en los precedentes "Nieto", "Villarreal", "Cuello", "Obarrio" y "Gauna", cuyas consideraciones se dan por reproducidas. Respecto de la resolución 39.927/2016 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, expresó: "la mencionada resolución rige para las pólizas emitidas a partir del 1° de septiembre de 2016 (art. 10 y resolución 40.006/2016, art. 1°) y no cabe su aplicación retroactiva" (conf. causa "Ciminieri", sentencia del 10 de septiembre de 2020). Por ello, concluyó que el criterio sobre el alcance de la franquicia no puede modificarse en este caso.
¿Cómo votaron los jueces?
el doctor Rosatti consideró que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 CPCCN) y lo declaró mal concedido, con costas.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 16
- Resolución 39.927
- Resolución 40.006art. 1
- Ley 17.454
Fallos que cita
- NietoCSJN · Fallos 329:3054
- VillarrealCSJN · Fallos 329:3488
- CuelloCSJN · Fallos 331:379
- CuelloCSJN · Fallos 330:3483
- Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
- Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008
- DíazCSJN · Fallos 341:648
- Ciminieri, Martín Gabriel c/ Expreso Lomas S.A. y otrosCSJN · 10/09/2020
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