Recurso Queja Nº 2 - OLIVARES LOYOLA, LUCY HAYDEE c/ EN - DNM s/RECURSO DIRECTO DNM
La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja interpuesta por Lucy Haydeé Olivares Loyola contra la decisión que había rechazado su recurso directo contra la Dirección Nacional de Migraciones, y declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario. Confirmó la sentencia apelada remitiendo, por razones de brevedad, a los fundamentos de la causa Fúnez López sobre la interpretación de los artículos 22, 29 y 62 de la ley 25.871.
¿Quién es el actor?
Lucy Haydeé Olivares Loyola, representada por el Dr. César Augusto Balaguer, cotitular de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Dirección Nacional de Migraciones (EN – DNM).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso directo interpuesto contra la DNM, en el marco de la ley 25.871 de migraciones.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la queja, se declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada, con costas (art. 68 CPCCN). Los restantes agravios fueron declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En lo que se refiere al alcance que corresponde asignar a los artículos 22, 29 y 62 de la ley 25.871, las cuestiones resultan sustancialmente análogas a las resueltas en la causa 'Fúnez López' (Fallos: 345:1086), a cuyas consideraciones cabe remitir, en aras de brevedad."
"Que los restantes agravios formulados por la recurrente resultan inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
¿Cómo votaron los jueces?
344:3156): "...cabe poner de relieve –a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..."
Nota: los votos de Rosenkrantz y Lorenzetti adhieren a la solución general; el de Lorenzetti aclara el alcance de la desestimación parcial por art. 280 CPCCN.
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Normas que cita
- LEYarts. 22, 29, 62
- Ley 25.871
- Ley 17.454
Fallos que cita
- Fúnez LópezCSJN · Fallos 345:1086
- VidalCSJN · Fallos 344:3156
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