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Corte Suprema

Incidente Nº 1 - QUERELLANTE: AFIP - DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA, REGIONAL MENDOZA DENUNCIADO: YACIOFANO, ARTURO ANTONIO Y OTROS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Arturo Antonio Yaciofano y Pablo Maximiliano Moya en el marco de una causa penal tributaria. Dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, aplicando lo resuelto en la causa Diez, Horacio Pedro y otro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMZ 006265/2016/5/1/CS001
Recurso extraordinario Sentencia definitiva Causa penal tributaria Evasion tributaria Corte suprema Ley 48 art. 14 Administracion federal de ingresos publicos Remision a precedente Fallos 344:3782 Incidente.

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (los recurrentes son Arturo Antonio Yaciofano y Pablo Maximiliano Moya, asistidos por el Dr. Walter Salvador Brail).

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General Impositiva (querellante), representada por el Dr. Pablo Papeschi, con patrocinio de la Dra. Amparo Hodar.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidente de recurso extraordinario en causa penal tributaria.

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con remisión al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resulta aplicable lo resuelto por el Tribunal en la causa 'Diez, Horacio Pedro y otro' (Fallos: 344:3782), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal por sus efectos (art. 14 de la ley 48). Por ello, se lo desestima."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 14
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

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