HERNANDEZ VANINA SOLEDADC/ SCHMID MONICA BEATRIZ S/DESPIDO
La actora reclamó indemnizaciones y créditos derivados de la extinción de una relación laboral, con entrega de certificados del art. 80 LCT, tras un despido por abandono de trabajo. El Tribunal hizo lugar a la demanda por $27.348,13, declaró injustificado el despido y dispuso actualizar el crédito por CER con interés del 3%, declarando la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802.
¿Quién es el actor?
Vanina Soledad Hernández.
¿A quién se demanda?
Mónica Beatriz Schmid, que no contestó la demanda, fue declarada rebelde y no compareció a la audiencia de vista de la causa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de indemnizaciones y créditos derivados de la extinción de la relación laboral, con entrega de los certificados previstos en el art. 80 LCT. La actora alegó que ingresó el 1/12/2008, que la relación fue registrada desde el 20/5/2009 y que se extendió hasta el 11/3/2010, que se desempeñaba como niñera registrada en la categoría de maestranza, que percibía $1.800 mensuales y que cumplía una jornada de lunes a viernes de 7:30 a 18:00.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se hizo lugar a la demanda por la suma de $27.348,13 y se declaró injustificado el despido. Se admitieron indemnización por antigüedad, sustitutiva del preaviso, integración del mes de despido, SAC y vacaciones proporcionales, y los rubros de las leyes 25.323 (art. 2), 24.013 (arts. 9, 10 y 15) y 11.653 (art. 53 ter, hoy art. 67 de la ley 15.057), con incremento del 30% sobre los créditos salariales. Se rechazaron el rubro de horas extraordinarias, por falta de cálculo detallado, y el art. 132 bis LCT, por falta de intimación previa. Se impuso el cumplimiento de la entrega de certificados del art. 80 LCT en 30 días, bajo apercibimiento del art. 804 CCyC, y se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y del art. 55 de la ley 27.802, disponiendo la actualización por CER con interés puro del 3% anual.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la rebeldía y la prueba: "La demandada no compareció en el plazo legal y fue declarada rebelde. Esta situación genera la presunción de verdad de los hechos lícitos expuestos en la demanda, salvo prueba en contrario [...]" (arts. 33 y 34, Ley 15.057). Se la tuvo por confesa respecto de los hechos del pliego de posiciones (art. 41, Ley 15.057).
Sobre el abandono de trabajo: "el abandono de trabajo en los términos del art. 244 de la Ley de Contrato de Trabajo, no se configura cuando el trabajador responde a la intimación cursada por el principal exponiendo los motivos de su ausencia que, justificados o no, revelan su intención de no abandonar el contrato de trabajo". En consecuencia, "el despido dispuesto por la demandada resultó injustificado (art. 242, LCT)".
Sobre la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802 (voto del Dr. Tropiano, que conformó la mayoría): el precepto "introduce un tratamiento diferenciado entre trabajadores que se encuentran en una misma situación sustancial [...] distinguiéndolos únicamente en función de una circunstancia temporal vinculada al momento de promoción de la demanda", y "resulta manifiestamente irrazonable e incompatible con el orden constitucional vigente por vulnerar los postulados emergentes del art. 14 bis de la Constitución Nacional, el derecho de propiedad (art. 17, CN) y la tutela judicial efectiva".
Sobre la actualización: se dispuso actualizar por CER con interés puro del 3% anual, "ello toda vez que dicho método resulta adecuado y razonable dado que el Indice de Precios al Consumidor (I.P.C.) no es publicado diariamente".
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 25.323Contrato de trabajo
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
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