Recurso Queja Nº 2 - ACOSTA FRANCISCO JAVIER c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Corte Suprema admitió los recursos extraordinarios deducidos por la aseguradora de riesgos del trabajo en un conjunto de causas por accidentes de la ley especial. Dejó sin efecto las sentencias apeladas por aplicación de los criterios de la causa Fontaine en relación con el acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, y ordenó dictar nuevos pronunciamientos.
¿Quién es el actor?
Francisco Javier Acosta y otros trabajadores (Arce, Báez, Céspedes, Coronel, Gómez, Guantay, Landriel, León Flores, López, Lucero, Rodríguez), según la carátula de las causas acumuladas.
¿A quién se demanda?
Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. y, en algunos casos, otros codemandados (Trans ONA S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamos por accidente o enfermedad de la ley especial de riesgos del trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se declararon admisibles las quejas y procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la demandada. Se dejaron sin efecto las sentencias apeladas, con el alcance indicado, y se devolvieron los autos a los tribunales de origen para que dicten nuevos pronunciamientos conforme a lo resuelto. Las costas se distribuyeron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los cuestionamientos de las apelantes vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Fontaine' (Fallos: 347:472), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente, en razón de brevedad."
"Por ello, se declaran admisibles las quejas, procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas con el alcance indicado. Costas por su orden en atención a la índole de la cuestión planteada."
Nota: el texto no transcribe los fundamentos de "Fontaine"; la decisión se apoya íntegramente en esa remisión.
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