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Corte Suprema

NAVARRO EDGARDO DANIEL c/ ESTADO NACIONAL MINIST. DE SEG. PREFECTURA NAVAL ARGENT s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda contra el Estado Nacional – Prefectura Naval Argentina en el marco del régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, aplicando los alcances del precedente Camejo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 064554/2017/CS001
Recurso extraordinario Confirmacion Precedente camejo Personal militar y civil Fuerzas armadas y de seguridad Prefectura naval argentina Seguridad social Remision a precedente Admisibilidad formal Costas

¿Quién es el actor?

Edgardo Daniel Navarro.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Prefectura Naval Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo relativo al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (materia previsional/haberes del personal de fuerzas de seguridad, según la carátula "Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.").

¿Qué se resolvió?

la Corte declara formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional y confirma la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente "Camejo" (Fallos: 344:1388). Costas por su orden de imposición legal (con costas, según el fallo).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Camejo' (Fallos: 344:1388), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." "El juez Rosenkrantz remite a su voto en la causa mencionada." La decisión se apoya íntegramente en la remisión al precedente citado, sin desarrollo argumental propio.

Fallos que cita

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