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Corte Suprema

GIMENEZ ROMERO, FRANCISCO JAVIER Y OTRO c/ EN - M INTERIOR OP Y V - DNM s/RECURSO DIRECTO DNM

La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto por la Dirección Nacional de Migraciones contra la expulsión de un extranjero con residencia irregular y prohibición de reingreso por ocho años. La Corte confirmó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos de Apaza León y señalando que la segunda condena penal no fue considerada en los actos administrativos impugnados, por lo que no corresponde valorarla en sede judicial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 033121/2019/CS001
Expulsion de extranjeros Residencia irregular Prohibicion de reingreso Ley 25.871 Reincidencia Recurso extraordinario Direccion nacional de migraciones Control judicial de actos administrativos Apaza leon Roa restrepo.

¿Quién es el actor?

Francisco Javier Giménez Romero y otro (I.J.G.D., representado por la Defensora Pública Oficial).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda – Dirección Nacional de Migraciones (DNM).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de los actos que declararon irregular la permanencia del actor en el país, ordenaron su expulsión y prohibieron su reingreso por ocho años, con fundamento en el art. 29, inc. c, de la ley 25.871.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas. El voto de mayoría remite a "Apaza León" (Fallos: 341:500) y a "Roa Restrepo" (Fallos: 344:1013). Según el fundamento de mayoría, la segunda condena penal invocada por la DNM recién aparece en el recurso extraordinario como causal impediente de la permanencia, y no fue considerada en los actos impugnados; por ello no corresponde valorarla en instancia judicial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa 'Apaza León' (Fallos: 341:500), a la que cabe remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"Que en nada obsta a lo decidido la segunda condena penal a la que hace referencia la recurrente para dar cuenta de la reincidencia en la comisión de delitos invocada recién en su escrito de interposición del recurso extraordinario como causal impediente de la permanencia del actor en el país, pues ello no fue objeto de debida consideración en los actos que en autos se impugnan (...) por lo que no corresponde efectuar valoración alguna al respecto en la instancia judicial (Fallos: 344:1013 'Roa Restrepo')."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que en nada obsta a dicha conclusión la segunda condena penal a la que se hace referencia en el recurso extraordinario interpuesto por la Dirección Nacional de Migraciones, pues ello no fue objeto de debida consideración en los actos que en autos se impugnan. Al ser ello así, ningún tipo de valoración sobre el particular corresponde realizar en sede judicial."

¿Cómo votaron los jueces?

sostuvo que "el recurso extraordinario planteado por la demandada es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)" y votó por desestimarlo con costas. Esta postura no prevaleció.

Normas que cita

Fallos que cita

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