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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - KANNEMAN, ROBERTO MARIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL Y/O MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION Y/O SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La Corte Suprema declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional (Servicio Penitenciario Federal) en una demanda contencioso administrativa por daños derivados de la detención de los actores. El Tribunal confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, remitiendo a los fundamentos del precedente Gines y declarando inadmisible el planteo sobre la tasa de interés.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FPO 013316/2018/1/RH001
Recurso extraordinario Queja Contencioso administrativo Servicio penitenciario federal Responsabilidad del estado Detencion Precedente gines Tasa de interes Art. 280 cpccn Remision a precedente.

¿Quién es el actor?

Roberto Mario Kanneman y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y/o Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y/o Servicio Penitenciario Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo indemnizatorio en el marco de un proceso contencioso administrativo (varios).

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la queja, se declara parcialmente admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen del precedente "Gines" (Fallos: 345:401). Sin costas en razón de la ausencia de contradictorio. El planteo sobre la tasa de interés aplicable se declara inadmisible (art. 280 del CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Gines' (Fallos: 345:401), a la que corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"Que el restante planteo formulado por el recurrente vinculado con la tasa de interés aplicable resulta inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…" (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente "Gines".

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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