DI CREDICO ROLANDO PABLO Y OTROS c/ INST.NAC. DE SERV. SOC. PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/OTROS - TRIBUTARIOS
La Corte Suprema declaró formalmente procedentes los recursos extraordinarios interpuestos en causas previsionales contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Remitió a los fundamentos del precedente Aramburu (Fallos: 346:133) y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a ese criterio.
¿Quién es el actor?
Rolando Pablo Di Credico y otros (CSS 89163/2014/CS1); Mabel Noemí Suárez y otro (CSS 12535/2015/CS1); María Alejandra de Luján Ríos y otro (CSS 89167/2014/CS1).
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) y, en el caso Suárez, el Estado Nacional (EN - INSSJP).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
en las causas referenciadas se reclama, según la carátula, "otros – tributarios", "cobro de pesos" y "acción meramente declarativa" contra el Instituto. El texto del fallo no describe con mayor detalle la pretensión.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró formalmente procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas, con el alcance indicado en el considerando. Las costas se impusieron por su orden en razón de las cuestiones debatidas (art. 68 CPCCN). Los autos vuelven al tribunal anterior para que, por medio de quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento conforme al presente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Aramburu' (Fallos: 346:133), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." El fallo no contiene desarrollo argumental propio; su fundamento consiste en la remisión al precedente citado.
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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