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Corte Suprema

PACHECO LUZ MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS en un reclamo de reajuste previsional de la actora. Revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en el precedente Gualtieri, por aplicación de la doctrina de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 048185/2014/CS001
Reajuste previsional Anses Inconstitucionalidad art. 25 ley 24.241 Recurso extraordinario Gualtieri Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Indice ripte Haber inicial Art. 280 cpccn.

¿Quién es el actor?

Luz María Pacheco.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Gualtieri" (Fallos: 340:411). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la ANSeS, vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241 son sustancialmente análogos a los analizados y resueltos en la causa 'Gualtieri' (Fallos: 340:411), a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

"Que las restantes objeciones del organismo previsional, referentes al art. 9 de la ley 24.463, al art. 14 pto. 2 párrafo segundo de la Resolución SS 6/09 y a la utilización del índice RIPTE para la actualización de las remuneraciones, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…" (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

¿Cómo votaron los jueces?

el juez Rosenkrantz, respecto del índice aplicado para determinar el haber inicial, remite a su disidencia en la causa "Blanco" (Fallos: 341:1924). Esta posición no integra la decisión mayoritaria.

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