LECCOUNA FABIAN DARIO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La parte actora promovió acción especial por accidente de trabajo contra la aseguradora, sin impulsar el proceso pese a la intimación cursada. El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús decretó la caducidad de la instancia, con costas a cargo del actor, y difirió la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Fabián Darío Lecouna.
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
accidente de trabajo, acción especial (expediente N° 16409).
¿Qué se resolvió?
decretar la caducidad de la instancia conforme el art. 11 de la Ley N° 15057, imponer las costas a la parte actora y diferir la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes hasta que se cumpla lo dispuesto por la ley 10268.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que analizándose pormenorizadamente las constancias emergentes de actuados, se infiere que la parte a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el Art. 11, de la ley ritual, decretándose, ergo, la caducidad de la instancia, con costas."
"Las costas deberán imponerse a la parte actora (Arts. 24, 27 y 89, Ley N° 15057; Art. 68 y concs. C.P.C.C.) en virtud de la inactividad procesal en la que incurrió en obrados."
Previamente, se había intimado a la parte, mediante providencia, a producir actividad procesal útil en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de caducidad.
La votación fue unánime: los tres jueces votaron en el mismo sentido.
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Leyes que cita
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