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Corte Suprema

MORING MARCELO AUGUSTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La ANSeS interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social en un reclamo de reajuste de haberes previsionales de Marcelo Augusto Moring. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso, revocó la sentencia apelada y remitió a los fundamentos del precedente Gualtieri sobre la inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 059871/2013/CS001
Recurso extraordinario Reajuste de haberes previsionales Art. 25 ley 24.241 Inconstitucionalidad Indice ripte Isbic Haber inicial Movilidad jubilatoria Gualtieri Art. 280 cpccn

¿Quién es el actor?

Marcelo Augusto Moring.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte, por mayoría, declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Gualtieri" (Fallos: 340:411). Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios de la ANSeS, relacionados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241, suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en la causa 'Gualtieri' (Fallos: 340:411), a cuyos fundamentos, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

"Las restantes objeciones del organismo previsional referentes a la utilización del índice RIPTE en lugar del ISBIC, para la actualización de las remuneraciones y a la validez constitucional del art. 26 de la ley 24.241, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Respecto del índice aplicado para determinar el haber inicial, el Dr. Rosenkrantz se remitió a su disidencia en la causa "Blanco" (Fallos: 341:1924), por lo que su posición en ese punto no integra la decisión mayoritaria.

Lorenzetti, con cita de "Vidal" (Fallos: 344:3156): "la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida".

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

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