JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MUNICIPALIDAD DE PARANA c/ TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A. s/MONITORIO APREMIO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Telefónica Móviles Argentina S.A. en un juicio monitorio de apremio promovido por la Municipalidad de Paraná. Revocó la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a los precedentes citados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 002132/2022/RH001
Tasa municipal Monitorio de apremio Municipalidad Telefonia movil Recurso extraordinario Queja Revocacion Precedentes de la corte Fallos 335:1459 Competencia tributaria local

¿Quién es el actor?

Municipalidad de Paraná.

¿A quién se demanda?

Telefónica Móviles Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Juicio monitorio de apremio promovido por la municipalidad contra la empresa.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, por unanimidad, y se devolvieron los autos para un nuevo pronunciamiento ajustado a lo expresado por la Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos encuentran adecuada respuesta en lo decidido por esta Corte en los precedentes de Fallos: 335:1459 ('Municipalidad de Mercedes c/ Arcor SAIC'); Fallos: 341:1251 ('Municipalidad de Junín c/ Cadbury Stani Adams Argentina S.A.I.C.'); y Fallos: 335:1987 ('Quilpe S.A. – Inconstitucionalidad'), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte presentan analogía con las debatidas y resueltas en Fallos: 341:1246; 341:1251 y 343:2184, votos del juez Rosatti, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razones de brevedad." Asimismo, consideró prematuro pronunciarse sobre los restantes planteos atendiendo a las circunstancias del caso.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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