OLIVERA HECTOR RAMON C/ FRIGORIFICO SUR S.A. S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido injustificado, indemnización sustitutiva del preaviso, integración del mes de despido, sanción del art. 2 de la ley 25.323 y demás rubros, reclamando además la sanción del art. 80 LCT. El Tribunal rechazó la demanda por considerar acreditada la causal de despido invocada por el empleador (apropiación de mercadería), y admitió únicamente la sanción del art. 80 LCT por falta de entrega del certificado de aptitud laboral.
Demandante (Actor): Héctor Ramón Olivera.
¿A quién se demanda?
Frigorífico Sur S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por despido injustificado, indemnización sustitutiva del preaviso, integración del mes de despido, sanción del art. 2 de la ley 25.323, sanción del art. 9 de la ley 25.013 y demás rubros, con planteo de inconstitucionalidad del DNU 70/23, y sanción del art. 80 LCT.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría (votos de las Dras. González Pardo y Germano; el Dr. Such disintió sólo respecto de la inconstitucionalidad del DNU 70/23 y no respecto del rechazo de los rubros indemnizatorios), se rechazó la demanda en cuanto reclamaba los rubros derivados del despido por considerar que el distracto fue con justa causa (art. 242 LCT), con costas al actor con beneficio de litigar sin gastos. Se hizo lugar a la sanción del art. 80 LCT por falta de entrega del certificado de aptitud laboral, condenando a la demandada al pago de $167.919,81 más intereses de $479.298, y a entregar el certificado bajo apercibimiento de astreintes de $2.000 diarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...el distracto se produjo por la decisión unilateral de la empleadora... la que resultó ajustada a derecho, ante el grave incumplimiento a deberes de conducta y demás circunstancias reseñadas atribuible al dependiente, a la luz de lo dispuesto por el art 242 de la Ley de Contrato de Trabajo."
"El actuar del dependiente constituye una grave violación al principio de buena fe (Art 63 LCT) con la consecuente pérdida de confianza (Art 242 de la Ley de Contrato de Trabajo)."
"...no se extendió el certificado de trabajo en el que conste la aptitud adquirida por el trabajador al momento del distracto, recaudo introducido por la ley 24.576. Así peticionada debe hacerse lugar a la sanción por incumplimiento prevista en el Art 45 de la ley 23.545."
Respecto del DNU 70/23, la mayoría se pronunció por su inconstitucionalidad; el Dr. Such, en disidencia, consideró que la situación jurídica estaba agotada al momento de entrada en vigor del decreto por tratarse de derechos adquiridos, por lo que resultaba innecesario expedirse sobre la inconstitucionalidad.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 24.576Ley de contrato de trabajo.
- Ley 23.545Convenciones colectivas de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
- Ley 25.013Reforma laboral
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