GÓMEZ PAMELA ELIZABETH C/ EIPEF S.R.L. S/ DESPIDO
La trabajadora demandó a su ex empleadora por el cobro de indemnizaciones derivadas de un despido con justa causa no acreditada, junto con diversos rubros salariales y penalidades legales. El Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata hizo lugar a la demanda por la suma de $2.353.212,55, por considerar que la empleadora no probó los hechos invocados en el telegrama rescisorio, y rechazó las multas de los arts. 8 y 9 de la ley 24.013.
¿Quién es el actor?
Pamela Elizabeth Gomez.
¿A quién se demanda?
EIPEF S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de indemnizaciones derivadas del despido (arts. 232, 233 y 245 LCT), preaviso, integración del mes de despido, vacaciones y SAC proporcionales, salarios adeudados, art. 53 ter ley 11.653 (actual art. 67 ley 15.057), art. 80 LCT, arts. 1 y 2 ley 25.323, incremento del DNU 34/19 modificado por DNU 39/21, y las multas de los arts. 8 y 9 ley 24.013.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal hizo lugar a la demanda por $2.353.212,55, con intereses conforme art. 55 ley 27.802 y actualización RIPTE desde la firmeza, y rechazó las multas de los arts. 8 y 9 ley 24.013. Costas a la demandada en lo que progresa y a la actora en lo rechazado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No se encuentra acreditado que la trabajadora hubiera incurrido en las conductas descriptas en la comunicación rescisoria. En efecto, la demandada no produjo elemento probatorio alguno tendiente a demostrar la veracidad de los hechos invocados como fundamento del despido, ni siquiera intentó acreditar las causas oportunamente esgrimidas para justificar la ruptura del vínculo laboral."
"La empleadora se limitó a formular afirmaciones genéricas, sin precisar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que tales hechos habrían acontecido, ni describir concretamente en qué consistieron dichas conductas. La vaguedad e imprecisión de tales imputaciones impiden conferirles entidad suficiente para justificar la pérdida de confianza alegada como sustento del despido."
"Las conclusiones expuestas sellan la suerte del presente pleito, habida cuenta que no se comprobaron los extremos justificativos de un despido con justa causa (art. 242 de la LCT; arts. 54 y 57 Ley 15.057 y 375 CPCC)."
Respecto de las multas de la ley 24.013: "La Intimación tendiente a la correcta registración de la relación laboral fue cursada con posterioridad a la extinción del vínculo... no se encuentra cumplido el requisito temporal exigido por la norma, que impone que la intimación fehaciente al empleador sea efectuada encontrándose vigente la relación laboral."
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Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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