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Primera Instancia

SIERRA HECTOR ALDO C/ FEMENIAS CARLOS Y OTRO/A S/ DESPIDO

El trabajador promovió demanda por diferencias salariales, indemnizaciones por despido indirecto y multas laborales contra el titular de una panadería, con relación laboral clandestina. El Tribunal hizo lugar a la demanda por $1.556.772,21, con la actualización prevista en el art. 55 inc. c) de la Ley 27.802, aunque la magistrada Baldoni se pronunció por declarar la inconstitucionalidad de esa norma y aplicar el régimen IPC + 3%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO - TRENQUE LAUQUEN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
TL-2579-2022
Despido indirecto Relacion laboral clandestina Rebeldia Confesion ficta Registracion deficiente Actualizacion de creditos laborales Ley 27.802 Art. 55 inc. c) Inconstitucionalidad Doctrina barrios.

¿Quién es el actor?

Héctor Aldo Sierra, por derecho propio, con patrocinio letrado del Dr. Cristian Fabián Noblia.

¿A quién se demanda?

Carlos Femenias, declarado rebelde, y/o quien resulte titular de la habilitación de la panadería "Tus Manjares" (Zapiola 301 y Arenales, Carlos Casares).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias salariales, sumas no remunerativas, presentismo, SAC, preaviso, integración del mes de despido, indemnización por despido, vacaciones proporcionales, salarios adeudados, y agravantes de las leyes 24.013 (arts. 11 y 15) y 25.323 (art. 2), multa del art. 53 ter de la Ley 11.653 y sanción del art. 80 LCT.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la demanda por $1.556.772,21, con actualización según el art. 55 inc. c) de la Ley 27.802 y, en caso de incumplimiento, conforme el art. 54. Se rechazaron horas suplementarias, adicional por asistencia partida, art. 8 de la Ley 24.013, art. 132 bis LCT y el reclamo subsidiario del art. 1 de la Ley 25.323. Las costas se impusieron a la demandada, salvo por los rubros rechazados. Los honorarios se difirieron. La jueza Baldoni adhirió a la solución de condena, con disidencia parcial sólo en cuanto a la actualización: propuso declarar la inconstitucionalidad del art. 55 inc. c) y aplicar el art. 276 LCT según el art. 54 (IPC + 3%). Esa propuesta quedó en minoría, dado que los Dres. Rodríguez y Pueblas votaron en el sentido de la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Rebeldía: "la falta de contestación de la demanda no implica que necesariamente se deba tener como ciertos los hechos afirmados en el escrito de inicio". Con el art. 33 de la Ley 15.057, la rebeldía genera "una presunción legal respecto de la veracidad de aquellos hechos lícitos expuestos en la demanda, salvo prueba en contrario".

Relación laboral: acreditada por la prueba testimonial (Mario Moyano, Miguel Ángel Moyano y Oscar Correa), por la confesión ficta y por la documental reconocida. Se la tuvo por probada "desde el día 15 de octubre de 2020, hasta el día 22 de septiembre de 2021".

Jornada: no acreditada la jornada denunciada, por lo que se rechazaron las horas suplementarias. Se afirmó que "para la determinación de la jornada de trabajo y horario de labor no opera la inversión de la carga de la prueba".

Categoría: se tuvo por acreditada la de oficial maestro, art. 17.1 CCT 231/1994.

Despido indirecto: "La falta de registración del contrato de trabajo... y la persistencia de dichos actos de incumplimiento no obstante la oportuna intimación... constituyen injuria suficiente".

Actualización (voto mayoritario): se aplicó el art. 55 inc. c) de la Ley 27.802 al caso, con la aclaración de que la ley fue sancionada el 06/03/2026 durante el acuerdo.

¿Cómo votaron los jueces?

propuso que el art. 55 inc. c) resulta regresivo, con cita de "Barrios" (SCBA C124.096), y que resulta inconstitucional en el caso concreto, ya que el cálculo IPC + 3% arrojaba $43.059.612,55 frente a $29.877.049 del régimen del art. 55 inc. c).

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