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Primera Instancia

FERREYRA RUBEN ALBERTO C/ TRANSPORTES EL NACIONAL S.A. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El actor Rubén Alberto Ferreyra promovió demanda laboral contra Transportes El Nacional S.A., que culminó con una transacción por la suma de pesos veinticinco millones ($25.000.000) pagaderos en cinco cuotas mensuales. El Tribunal homologó el acuerdo, autorizó el pago directo en la caja de ahorros del actor y reguló honorarios a los letrados intervinientes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO - TRENQUE LAUQUEN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
TL-5684-2026
Transaccion Homologacion Art. 15 lct Despido Cosa juzgada Pago directo Caja de ahorros Honorarios Costas por su orden Ley 6716

¿Quién es el actor?

RUBEN ALBERTO FERREYRA.

¿A quién se demanda?

TRANSPORTES EL NACIONAL S.A., representada por la apoderada MARÍA GABRIELA CRIADO, con patrocinio de la Dra. Mariana Haim. En el expediente figura también LACTEOS VIDAL S.A., mencionada como eventualmente solidaria en la cláusula cuarta.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

el juicio laboral originado en la relación de trabajo entre el actor y la demandada, con reclamos fundados en la Ley 20.744, la Ley 24.013 y la Ley 25.323.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal tuvo por presentada a la demandada, homologó la transacción celebrada entre las partes en el marco del art. 15 de la LCT, impuso las costas por su orden, eximió a la parte obligada del 50% del sellado de actuación, ordenó el pago directo a la caja de ahorros del actor en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, reguló honorarios a los Dres. Diego Aguilar y Mariana Haim y dispuso hacer efectivo el apercibimiento por falta de cumplimiento del art. 12 bis de la Ley 6716.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la referida Transacción es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que en tal caso se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes conforme lo dispone el art. 15 de la L.C.T.."

"Que atento a ello y lo prescripto por los Arts. 1.641; 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial, con el alcance del art. 1.642 del citado código y art. 15 de la L.C.T., entiendo que, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 20 de la ley 6716, debe hacerse lugar a la homologación solicitada, dando por concluido el juicio.."

Cláusula cuarta de la transacción: "El Sr. Ferreyra manifiesta que una vez hecho efectivo el depósito íntegro del pago convenido, nada más tendrá que reclamar a TRANSPORTES EL NACIONAL S.A, ni solidariamente a LACTEOS VIDAL S.A. por concepto alguno..."

Como base de la modalidad de pago el Tribunal citó sus precedentes "Aguilera Miguel Ángel C/ Swiss Medical Art S.A." (TL-137-2023, 20/12/2024) y "Valentin, Marilina Irene c/ Corbalan, Yesica" (112212, 13/08/2026).

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