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Primera Instancia

GUGLIELMONE MARIA ROSANA C/ ORM SA S/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido sin causa y diferencias indemnizatorias contra su ex empleadora, y el Tribunal del Trabajo de Mercedes hizo lugar parcialmente a la demanda por $ 10.304, rechazando los rubros no acreditados y declarando inaplicable al caso la cancelación en cuotas prevista en el art. 56 de la Ley 27.802 por tratarse de un crédito anterior a su vigencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO - MERCEDES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
37245
Despido sin causa Indemnizacion por antiguedad Ley 25.323 art. 2 Registracion deficiente Horas extras Caducidad art. 162 lct Ley 27.802 Pago en cuotas art. 56 Irretroactividad Derecho consolidado

¿Quién es el actor?

MARIA ROSA GUGLIELMONI.

¿A quién se demanda?

O.R.M. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones por despido sin causa (antigüedad, preaviso, integración del mes de despido), indemnización del art. 2 de la Ley 25.323, haberes de junio/11, vacaciones proporcionales y SAC proporcional, con más diferencias salariales, horas extras e indemnización del art. 1 de la Ley 25.323.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar parcialmente a la demanda por la suma de $ 10.304, con ajuste conforme el art. 55 de la Ley 27.802 desde el 16/06/2011 hasta el efectivo pago, e intereses; se rechazaron los restantes rubros. Las costas se impusieron a la demandada vencida y los honorarios se difirieron hasta la liquidación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Se tuvo por acreditada la relación laboral y el despido sin causa, comunicado por carta documento del 16/06/2011, al no haberse acreditado la fecha de entrega de la misiva. Se fijó como inicio de la relación el 01/09/2008 (categoría Administrativo-Ayudante a tiempo parcial), al no probarse el ingreso anterior ni la categoría superior invocada, y se tomó como mejor remuneración la de abril de 2011 ($ 1.204,74).

Se admitió la indemnización del art. 2 de la Ley 25.323 porque la actora intimó el pago de las indemnizaciones y debió recurrir a la instancia judicial para obtenerlo. Se rechazó la del art. 1 por no haberse acreditado una registración deficiente.

Se rechazaron horas extras y diferencias salariales por tratarse de reclamos globales, sin especificar meses ni montos, y por no haberse acreditado la prestación de media hora extra diaria; las vacaciones y SAC vinculados a ese rubro se consideraron caducos conforme el art. 162 LCT.

Sobre el art. 56 de la Ley 27.802 (pago en cuotas), la Dra. López sostuvo que el crédito tiene origen en una relación laboral extinguida antes de la reforma y que, conforme el art. 7 del CCyCN, la modalidad de pago fraccionado afectaría un derecho ya consolidado, por lo que propuso que la condena se abone dentro de los diez días de firme la sentencia. El Dr. Toyos adhirió a esa solución, con fundamentos propios: el nuevo art. 277 LCT solo rige para procesos iniciados desde el 06/03/2026, ya que el legislador previó expresamente la aplicación a procesos en trámite solo en el art. 55, y la remisión al art. 276 (actualización por IPC más 3%) tampoco alcanza a estos juicios. La Dra. Maestri adhirió a la mayoría. Como la votación fue unánime en ambas cuestiones, no hay disidencias.

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