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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - RODRIGUEZ, MIRTA SILVIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró parcialmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por la ANSeS en reclamos de reajuste de haberes previsionales. El Tribunal revocó las sentencias apeladas con alcance al fallo Fernández Pastor, en lo referido a la inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426, y declaró inadmisibles los restantes agravios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMZ 055300/2019/1/RH001
Reajuste de haberes previsionales Anses Ley 27.426 Articulo 2? Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Admisibilidad Articulo 280 cpccn Fernandez pastor Seguridad social.

¿Quién es el actor?

Mirta Silvia Rodríguez, Adriana Guinle y Juan Carlos Álvarez (en las causas acumuladas, los beneficiarios previsionales).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente admisibles las presentaciones directas, procedentes en igual medida los recursos extraordinarios, y revocó con ese alcance las sentencias apeladas, de conformidad con lo decidido en "Fernández Pastor" (Fallos: 348:1698). Los restantes planteos de la ANSeS fueron declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la ANSeS, vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426, son sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por el Tribunal en la causa 'Fernández Pastor' (Fallos: 348:1698), a cuyos fundamentos, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

"Que los restantes planteos del organismo previsional son inadmisibles (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..." (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

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