TOLENTINO MARTINEZ, JHEISON PAULET c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la Dirección Nacional de Migraciones y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que había resuelto el caso de un migrante con una hija menor. La Corte fundó su decisión en que no se demostró un riesgo cierto de desamparo de la menor a raíz de la ejecución del acto impugnado, siguiendo la doctrina de los precedentes Otoya Piedra y C.G.A..
¿Quién es el actor?
Jheison Paulet Tolentino Martínez.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda) y Dirección Nacional de Migraciones.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación de un acto administrativo de la Dirección Nacional de Migraciones que dispuso la expulsión del actor, extranjero con una hija menor de edad en el país.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en las causas 'Otoya Piedra' (Fallos: 344:3600) y 'C.G.A.' (Fallos: 345:905), a las que se remite a fin de evitar reiteraciones innecesarias. Ello, por cuanto no se encuentra demostrada la existencia de un riesgo cierto de que la hija menor de edad del actor quede en situación de desamparo a raíz de la ejecución del acto impugnado, circunstancia determinante para la solución del caso con arreglo a la doctrina citada."
¿Cómo votaron los jueces?
"Las cuestiones planteadas por el Estado Nacional en el recurso extraordinario guardan analogía con las examinadas por esta Corte en los precedentes 'Barrios Rojas' (Fallos: 343:990, voto de los jueces Rosenkrantz y Highton de Nolasco) y 'Otoya Piedra' (Fallos: 344:3600, voto del juez Rosenkrantz), a cuyos fundamentos cabe remitir a fin de evitar reiteraciones."
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