JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MILKAUT S.A. c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA

Milkaut S.A. promovió acción declarativa de certeza contra la Provincia de Buenos Aires para que se declarara inconstitucional el tratamiento tributario más gravoso del impuesto sobre los ingresos brutos, basado en el lugar de radicación de su establecimiento industrial. La Corte Suprema hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad del requisito de que las actividades se desarrollen en un establecimiento industrial ubicado en la Provincia de Buenos Aires, por constituir una discriminación que alteraba la corriente natural del comercio interprovincial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 2315/2016
Accion declarativa de certeza Impuesto sobre los ingresos brutos Alicuotas diferenciales Lugar de radicacion del establecimiento Aduana interior Comercio interprovincial Igualdad Clausula comercial Discriminacion tributaria Inconstitucionalidad.

¿Quién es el actor?

Milkaut S.A.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

que se haga cesar el estado de incertidumbre frente a la pretensión provincial de aplicar al impuesto sobre los ingresos brutos la alícuota del 4% prevista en el art. 21, inc. c, de la ley 14.808, en lugar de la alícuota del 1,75% del art. 27 para contribuyentes con establecimiento productivo en la Provincia; se solicitó la inconstitucionalidad de ambas normas por violación de los arts. 8, 9, 10, 11, 16, 28, 31, 75 incs. 1, 10 y 13, y 126 de la Constitución Nacional.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la demanda, se declaró la inconstitucionalidad del requisito de radicación del establecimiento industrial en la Provincia de Buenos Aires previsto en el art. 27 de la ley 14.808, y se impusieron las costas a la demandada. Previamente se había hecho lugar a la medida cautelar que impedía a la Provincia reclamar diferencias de impuesto a la actora desde enero de 2016.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la aplicación de la ley impositiva local 14.808, al gravar a la actora su actividad ya referida con la alícuota del 4 %, obstaculizaba el desenvolvimiento del comercio entre las provincias." Asimismo, el Tribunal sostuvo: "ha quedado en evidencia la discriminación generada por la legislación provincial en función del lugar de radicación del establecimiento productivo del contribuyente, en tanto se ha lesionado el principio de igualdad (Constitución Nacional, art. 16) y alterado la corriente natural del comercio (Constitución Nacional, arts. 75, inciso 13, y 126), instaurando así una suerte de 'aduana interior' vedada por la Constitución Nacional (arts. 9° a 12)..." Se remitió a los precedentes Fallos 340:1480, "Harriet y Donnelly S.A." y "Droguería del Sud S.A.". Se consideró que la cuestión no era consultiva, que el perjuicio no era hipotético y que la actitud de la demandada al contestar confirmaba la existencia de una controversia concreta y actual. La ley 14.983 no tuvo efecto retroactivo sobre la pretensión fiscal.

Normas que cita

  • 14.808 (Buenos Aires, Provincia)arts. 21 inc. c, 27
  • Constitución Nacionalarts. 8, 9, 10, 11, 12, 16, 28, 31, 75 inc. 1, 13, 18 y 19, 117, 125, 126
  • Ley 10.397 (Buenos Aires, Provincia)art. 44
  • Ley 14.983 (Buenos Aires, Provincia)

Fallos que cita

  • Droguería del Sud S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de certezaCSJN · 06/11/2018
  • Harriet y Donnelly S.A. c/ Chaco, Provincia de s/ acción declarativa de certezaCSJN · 31/10/2017
  • Fallos 340:1480CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.