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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - LUNA, KARINA FABIANA c/ MEDIAS APOGEO S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja interpuesta por la codemandada Medias Apogeo S.A. en un juicio por despido y declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario. Dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el alcance indicado, por aplicación de la doctrina del caso Oliva sobre el acta 2764/2022, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 027774/2019/1/RH001
Recurso extraordinario Queja Despido Acta 2764/2022 Camara nacional de apelaciones del trabajo Doctrina oliva Inadmisibilidad art. 280 cpccn Costas por su orden Seguridad social no aplica Medias apogeo s.a.

¿Quién es el actor?

Karina Fabiana Luna.

¿A quién se demanda?

Medias Apogeo S.A. y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones derivadas de un despido.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja, declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado, devolviendo los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Las costas se impusieron por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión planteada. Respecto de los demás agravios, el recurso fue declarado inadmisible (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Oliva' (Fallos: 347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"Que, respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que '…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…' (conf. causa 'Vidal', Fallos: 344:3156)."

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Acordada 2764/2022 (Caba)
  • Ley 17.454

Fallos que cita

  • OlivaCSJN · Fallos 347:100
  • VidalCSJN · Fallos 344:3156

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