Recurso Queja Nº 1 - CACERES ROJAS, ALBERTO DAVID c/ GALANTE D ANTONIO S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La Corte Suprema declaró admisible la queja y parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la demandada en un juicio por despido, dejando sin efecto la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en lo referido a la aplicación del acta 2764/2022, por remisión al precedente Oliva. Los restantes agravios fueron declarados inadmisibles por aplicación del art. 280 del CPCCN.
¿Quién es el actor?
Alberto David Cáceres Rojas.
¿A quién se demanda?
Galante D Antonio SA y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por despido.
¿Qué se resolvió?
se declaró admisible la queja, parcialmente procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada en cuanto a la aplicación del acta 2764/2022, con devolución de los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Oliva' (347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."
"Que respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
¿Cómo votaron los jueces?
"...la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida" (conf. causa 'Vidal', Fallos: 344:3156).
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Acordada 2764/2022
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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