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Primera Instancia

CORONEL MARTINEZ JUAN CARLOS c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE DEFENSA-EMGE s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El ex soldado conscripto Juan Carlos Coronel Martínez demandó al Estado Nacional, al Ministerio de Defensa y al Estado Mayor General del Ejército para obtener el reconocimiento como veterano de guerra y la pensión honorífica por el conflicto del Atlántico Sur. El Juzgado rechazó la demanda por no acreditar haber entrado efectivamente en combate en el TOAS ni haber estado destinado en el TOM, al haber cumplido funciones en la zona de despliegue continental.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 3 - SECRETARIA Nº 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 050932/2013
Pension honorifica Veterano de guerra Guerra del atlantico sur Teatro de operaciones del atlantico sur Teatro de operaciones malvinas Zona de despliegue continental Entrada efectiva en combate Conscripto Inconstitucionalidad Carga de la prueba.

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Coronel Martínez, ex soldado conscripto del Ejército.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa - Estado Mayor General del Ejército; ANSES citada como tercero.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

que se lo reconozca como veterano de guerra, se le otorgue el certificado correspondiente y la Pensión Honorífica de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur, conforme Leyes 23.109, 23.848, 24.343, 24.652, 24.892 y Decreto 2634/90, y que se declare la inconstitucionalidad de los requisitos de "situación geográfica" y "haber entrado efectivamente en combate".

¿Qué se resolvió?

se rechazó la demanda; las costas se impusieron en el orden causado; se regularon honorarios a la dirección letrada de la parte actora en $423.964, sin incluir IVA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...no se encuentra cuestionado en autos que la parte actora, durante el conflicto bélico del Atlántico Sur, desarrolló sus funciones dentro de la zona de despliegue continental, es decir, fuera de la jurisdicción del TOM o del TOAS." "...la parte actora no logró acreditar los extremos exigidos para el otorgamiento la certificación prevista por las Leyes 23.848, 24.652, 24.892 y Decreto 886/05 para acceder al beneficio, no corresponde hacer lugar a la pretensión." Se citó la doctrina de CSJN en "Gerez" (triple requisito temporal, geográfico y de acción) y en "Arfinetti" y "Álvarez", y se señaló que, respecto de la inconstitucionalidad planteada, "sus tareas sin mayores detalles descriptivos resulten suficientes argumentos como para declarar la inconstitucionalidad de la norma". Respecto de costas, "atento a que la cuestión ventilada involucra derechos de contenido alimentario y dado que la parte actora pudo creerse con derecho a litigar, corresponde imponer las costas por su orden".

Normas que cita

Fallos que cita

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